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Ley que incorpora disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte

Con fecha 11 de Noviembre del año 2018,  entró en vigencia la Ley N°21088, la cual modifica la Ley de Tránsito, incorporando disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte.

Entre las disposiciones de esta Ley, destaca la que establece que las bicicletas y ciclos, deberán transitar por la ciclovías, y a falta de éstas, por la pista derecha de la calzada, y,  excepcionalmente, podrán hacerlo por la pista izquierda.

Además, dispone que las bicicletas, sólo podrán circular por las aceras, en los siguientes casos. y siempre que no exista una ciclovía:

i. Tratándose de conductores menores de 14 años o adultos mayores.
ii. Tratándose de personas que circulen con niños menores de 7 años.
iii. Tratándose de personas con alguna discapacidad, como también aquéllas de movilidad reducida.
iv. Y, aun existiendo una ciclovía, cuando las condiciones de ésta o de la calzada, o las condiciones climáticas, hagan peligroso continuar transitando por la ciclovía.

 

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