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Gestión preparatoria de notificación de cobro de factura

Para que las copias de las factura originales y las facturas electrónicas tengan mérito ejecutivo y puedan ser cobradas mediante un juicio, es necesario realizar una gestión judicial previa que tiene por objeto la notificación de la factura al obligado a su pago, mediante un receptor judicial.

El obligado a su pago, y una vez notificado, podrá dentro del plazo de 3 días, pagar el saldo insoluto de la factura o alegar la falsificación material de la factura o guía o guías de despacho respectivas, o del recibo de las mercaderías o de la prestación del servicio. Pasado el plazo antes indicado, sin que el obligado al pago realice alguna de las conductas antes indicadas, y con el solo mérito del certificado del secretario del tribunal, la factura quedará lista para ser cobrada mediante un juicio ejecutivo.

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