En virtud de la Ley N°20.680, del año 2013, se consagró expresamente el derecho de los nietos a mantener un régimen de relación directa y regular con sus abuelos, incorporando el artículo 229-2 al Código Civil, cuyo tenor es el siguiente: ”El hijo tiene derecho a mantener una relación directa y regular con sus abuelos. A falta de acuerdo, el juez fijará la modalidad de esta relación atendido el interés del hijo, en conformidad a los criterios del artículo 229.”
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