La ley 19.496, establece tres casos en que los consumidores tendrán derecho a retractarse respecto de la adquisición de un bien o la prestación de un servicio.
PRIMER CASO (Letra a) del artículo 3°.bis)
En la compra de bienes y contratación de servicios realizadas en reuniones convocadas o concertadas con dicho objetivo por el proveedor, en que el consumidor deba expresar su aceptación dentro del mismo día de la reunión.
Plazo para ejerce el retracto.
10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio, y antes de la prestación del servicio.
Forma de hacer valer el retracto.
Mediante el envío de una carta certificada enviada al proveedor, al domicilio señalado en el contrato.
SEGUNDO CASO ( Letra b) del artículo 3°.bis.)
En los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquellos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia, a menos que el proveedor haya dispuesto expresamente lo contrario.
Forma de hacer valer el retracto.
El consumidor se podrá valer de los mismos medios electrónicos que empleó para celebrar el contrato.
Plazo.
Hay que distinguir:
- Si el proveedor envío al consumidor confirmación escrita de la celebración del contrato; el plazo será de 10 días contados desde la recepción del bien o celebración del contrato.
- Si el proveedor no envío al consumidor confirmación escrita de la celebración del contrato; el plazo será de 90 días contados desde la recepción del bien o celebración del contrato.
Efecto del retracto.
1. Obligación del Proveedor. El proveedor estará obligado a devolverle al consumidor las sumas abonadas, sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes de 45 días siguientes a la comunicación del retracto.
- Excepción. El Proveedor no estará obligado a la devolución de las sumas abonadas respecto de servicios ya prestados a la fecha del retracto.
2. Obligación del Consumidor. Deberá restituir conjuntamente con el bien, los elementos originales del embalaje, como las etiquetas, certificados de garantía, manuales de uso, cajas, elementos de protección o su valor respectivo, previamente informado.
TERCER CASO. (artículo 3.°ter).
Prestaciones de servicios educacionales de nivel superior, proporcionadas por centros de formación técnica, institutos profesionales y universidades, tratándose de alumnos de primer año de la carrera o programa de pregrado, que se encuentren matriculados en otra entidad de educación superior antes de la publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores.
Plazo para retractarse.
10 días antes de que se complete la primera publicación de los resultados de las postulaciones.
Efecto.
Se dejará sin efecto el contrato de prestación de servicios, y se deberán restituir todas las sumas pagadas.
NOTA. Todo lo dicho respecto del derecho de retracto, es sin perjuicio de que el proveedor puede permitir el retracto en otros casos no señalados por la ley.
Nina comentó:
Hola, me matriculé vía online y aún no envío papeles de pagaré etc para confirmar dicha matrícula, pero por problemas personales por podré estudiar. ¿puedo hacer algo en este caso? Pagué matrícula pero aún no he firmado nada y tampoco me matricularé en otra institución.
abogado comentó:
Nina:
En consideración a que celebró el contrato por medios electrónicos, podría retractarse en virtud de lo establecido en la letra b) del artículo 3° Bis de la Ley sobre protección de los derechos de los consumidores.
Saludos.
Roberto comentó:
Estimado, firme un pagare en instituto mario messa y pague anticipado el TOTAL de las mensualidades que dura el curso, duracion del curso un año, llevo 5 meses estudiando y decidi retractarme, me hacen devolucion del dinero de los meses que no seguire estudiando?
abogado comentó:
Estimado Roberto:
Le aconsejo revisar las cláusulas del respectivo contrato de prestación de servicios para saber si tiene o no la facultado para desahuciar o poner término anticipado al contrato.
Saludos Contratos.
VICENTE MARCELO BELMAR VERGARA comentó:
A MI CASA LLEGARON UNAS PERSONAS A DARNOS UNA CHARLA DE SALUD DICIENDO QUE REPRESENTABAN A UNA “ONG”. AL FINAL DE LA CHARLA NOS VENDIERON UNOS LIBROS DE ALIMENTACION SANA ( $ 50.000.- CADA LIBRO , 2 EN ESTE CASO). EL CASO ES Q PAGUE CON VISA Y LA NOTIFICACION Q ME LLEGO, DECIA Q LA COMPRA SE LA HICE A UNA PERSONA NATURAL Y NO A UNA “ONG” . PUEDO RETRACTARME DE ESA COMPRA, Y COMO HACERLO?. NO TENGO DIRECION DE LA PERSONA NATURAL , YA QUE LA QUE APARECE EN LA BOLETA, NO CORRESPONDE.
Maricela Vasquez cisterna comentó:
Hola quería saber que podía hacer me matricule en xxxxx un instituto de ingles y quería anular mi contrato quería saber que debo hacer. Si me pudieran ayudar porfavor. Gracias.
abogado comentó:
Maricela:
¿ Cuál es la razón por la cual quiere anular el contrato?.
Saludos.
Eduardo comentó:
Hola, buenas. Hace tres meses firme un contrato en el instituto de inglés wall street institute, en el cual ahora ya no puedo asistir por temas de trabajo, fui para hablar con algún encargado para ver la posibilidad de poder congelar, lo cual me dijeron que no se podía, a lo que pedí si se podía anular el contrato… No me dieron ninguna opción y no se que hacer por qué no podré asistir a los cursos. Que opciones tengo ? De antemano muchas gracias.
abogado comentó:
Estimado Eduardo:
Le recomiendo revisar el respectivo contrato de prestación de servicios para saber si se contempla alguna posibilidad para poner término anticipado al contrato y así le pueden condonar parcialmente la deuda.
Saludos Cordiales.
belen comentó:
Bd, por favor necesitaría ayuda para saber si puedo retractarme de un contrato firmado ayer para una capacitación profesional y compromiso verbal de trabajo posteriormente, incluyendo un pago mediante tarjeta de crédito de 240 euros. Al leer el contrato, extenso y con letra pequeña imposible de ver en el breve espacio de tiempo de la entrevista, compruebo que nada garantiza el trabajo al finalizar las prácticas, si se llevan a cabo.
No quiero denunciar, puesto que el error es mio por no leer antes de firmar, pero si retractarme del contrato y no abonar nada más de dinero.
Espero su ayuda, dándoles las gracias anticipadas por su atención.
abogado comentó:
Belen:
La situación que expone podría quedar comprendida en uno de los casos en que el consumidor tiene derecho a retracto, y que corresponde al caso de la Letra a) del artículo 3°.bis de la Ley N°19.496. En consecuencia, considero que podría ejercer su derecho a retracto, siempre y cuando no se haya comenzado a prestar el servicio contratado.
Saludos Cordiales.
Andrea comentó:
Procede el derecho a retracto, en el caso de cambio de colegio prebasica ¿que puedo hacer con los cheques que faltan? podre recuperar aunque sea esos cheques de Mayo a Diciembre ya que el servicio no se prestara, y en el contrato ya estoy fuera del plazo que ellos señalan para realizar algún tipo de devolución?
Quedo atenta.
abogado comentó:
Andrea:
La Ley sobre protección de los derechos de los consumidores no establece un caso especial de retracto para el caso de contratos de educación de pre-básica, en consecuencia, le aconsejo revisar las cláusulas del respectivo contrato de prestación de servicios educacionales.
Saludos Cordiales.
María José Quezada Hurtado comentó:
Mire,me inscribí en xxxxx para estudiar visitador medico y comienzo el día 28 de marzo,pero me ocurrió un problema de fuerza mayor y no podré estudiar podré reyractarme a estas alturas?
abogado comentó:
María:
Para saber si puede retractarse o no, debe revisar el respectivo contrato de prestación de servicios.
Saludos.
MARIA EUGENIA CORTES GOMEZ comentó:
Buenos dias. en el dia de ayer celebre un contrato compra de membresía vacacional, pero hoy estoy arrepentida de ello debido a los malos comentarios que hay en incumplimiento de ésta. Como debo presentar la carta en donde me retracto? para no dar lugar a que pasen los 5 días que tengo para poder hacerlo.
Muchas gracias por su ayuda. el contrato es por 13.900.000. dimos 2.000.000 y lo demas en cuotas. que puedo hacer para la devolucion del dinero?
abogado comentó:
María:
¿ Por qué medio celebró el contrato de membresía?
Saludos.
cinthia lorena gonzalez valenzuela comentó:
HOLA SOY DE LA CIUDAD DE COQUIMBO EL DIA MIERCOLES 17 DE FEBRERO DE 2016 FIRME UN CONTRATO CON xxxxx CAPACITACION ES UN CURSO DE INGLES EL EJECUTIVO ME DECIA QUE TENIA QUE ACEPTAR ESTE CURSO ME SENTIA PRESIONADA, FIRME Y PAGUE 80.000 PESOS LA MATRICULA Y DEBO PAGAR 13 CUOTAS DE 125.000 PESOS , FUI AL SERNAC Y LA SEÑORITA ME ENTREGO 3 CARTAS DE RETRACTO FIRMADA POR MI Y UNA LA ENVIE POR CORREOS DE CHILE DIRIGIDA A xxxxxx CAPACITACIÓN LA SERENA Y LA OTRA TENIA QUE ENTREGARLA PERSONALMENTE EN xxxxxx FUI Y ME LA RECHAZO LA GERENTA ME DIJO QUE LA CARTA NO SERVIA PARA ELLOS, NECESITO QUE ME ORIENTE QUE PUEDO HACER ¿ LA LEY DEL CONSUMIDOR ME PROTEGE ? ESTOY DENTRO DE LOS 10 DIAS
abogado comentó:
Cinthia:
La situación que expone se encuentra dentro de los casos en que el consumidor tiene derecho a retractarse en la compra de un bien o prestación de un servicio, estando expresamente regulado en el artículo 3 Bis letra a) de la Ley N°19496. La forma de ejercer este derecho a retracto es mediante carta certificada enviada al domicilio del proveedor del bien o servicio.
Si usted ejerció en forma el derecho a retracto entonces el proveedor está obligado a devolverle las sumas abonadas por los servicios no prestados, dentro del plazo de 45 días desde la comunicación del retracto.
Finalmente, le informo que si el proveedor desconoce su retracto puede recurrir al Juzgado de Policía Local respectivo para que se hacer efectivos sus derechos.
Saludos.