La Ley de Reforma Constitucional N°20.710, de fecha 11 de diciembre del año 2013, reemplazó el párrafo cuarto del N°10 del artículo 19 de la Constitución, por el siguiente:
“Para el Estado es obligatorio promover la educación parvularia, para lo que financiará un sistema gratuito a partir del nivel medio menor, destinado a asegurar el acceso a éste y sus niveles superiores. El segundo nivel de transición es obligatorio, siendo requisito para el ingreso a la educación básica.”.
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