Tribunal competente.
Juzgado de Letras en lo civil del domicilio del copropietario deudor.
Procedimiento aplicable.
Procedimiento Ejecutivo regulado en el Título Primero del Libro Tercero del Código de Procedimiento Civil (artículo 434 y siguientes).
Título ejecutivo.
De acuerdo a lo establecido en el inciso primero del artículo 27 de la Ley N°19.537, tendrán mérito ejecutivo para el cobro de gastos comunes, los siguientes títulos:
1. Copia del Acta de la asamblea, válidamente celebrada, en que acuerden gastos comunes, autorizada por el Comité de Administración;
2. Copia del Acta de la asamblea, válidamente celebrada, en que se acuerden gastos comunes, autorizada por el administrador;
3. Avisos de cobro de gastos comunes, extendidos de conformidad al acta, siempre que se encuentren firmados por el administrador.
Notificación del requerimiento de pago.
Debe hacerse personalmente o por cédula dejada en el domicilio del deudor que hubiere registrado en la administración del condominio o, a falta de éste, en la respectiva unidad que ha generado el cobro.
Isabel Martínez tolefo comentó:
Bueb dia estoy muy afligida, me entero que el arrendatario no pago nunca los gadtos comunes 13.000.000 millones desde enero 2017 a la fecha el valor de l mes es de $ 24.000 mil pesos, a llegado alli con los intereses que debo hacer, me baja los interes el administrador pero me solicita en un solo pago de 4 millones. El dividendo esta al dia, por favor ayudeme orienteme
abogado comentó:
Isabel:
Sin perjuicio de su obligación de pagar los gastos comunes de la unidad de su propiedad, usted puede demandar al arrendatario para que le reembolso lo pagado por concepto de los gastos comunes.
Saludos Cordiales.
Francesca comentó:
Buenas noches, compramos un depto que tiene intereses por pagos de ggcc impagos, estos fueron pagados por el banco (gastos comunes) pero no los intereses ya que eran ilegales, le hemoa solicitado información a administración pero solo nos dan excusas, por otro lado el interés que se esta cobrando es de 0,5% del ggcc diario y la ley estipula según calculos menos de 0,1% diario. Qué podemos hacer? Gracias!
abogado comentó:
Francesca:
Las diferencias que existan entre los copropietarios y la administración de un condominio, se pueden resolver mediante un procedimiento de mediación realizado ante la Municipalidad respectiva o mediante un procedimiento judicial seguido ante el Juzgado de Policía local de la comuna.
Saludos Cordiales.
Yasmin comentó:
Se puede demandar y embargar por gastos comunes????
abogado comentó:
Yasmín:
Se puede mediante un procedimiento judicial de naturaleza ejecutiva.
Saludos Cordiales.
marianne comentó:
Hola, me estan demandandando por el atraso en el pago del gasto comun.
Cabe comentar quw ademas de el cobro de intereses el cobro por concepto de multa es altisimo. ES esto legal ?
Me pueden embargar por gasto comun ??
maria magdalena araya comentó:
Buenas noches, formo parte del comité de administración de un edificio y me gustaría consultar si es posible cortar el acceso de agua caliente por morosidad y en qué Juzgado se debe iniciar una demanda por morosidad? muchas gracias
abogado comentó:
María:
Lo relativo al cobro de gastos comunes es competente del juzgado de letras en lo civil con competencia en el domicilio del demandado.
Saludos Cordiales.
Goga comentó:
Hola..la administración no cobro gastos atrasados a mi arrendador y no pidió salvoconducto para retirarse del edificio, ahora hay deuda y no me contesta la.administracion para regularizar la.deuda . Me pueden indicar cómo resolver esto. Gracias
abogado comentó:
Goga:
No queda claro si usted es el arrendatario o el propietario.
Saludos Cordiales.
Pía comentó:
Hola Alvaro, una consulta si se quiere demandar por gastos comunes impagos, pero el propietario traspaso la propiedad a una sociedad, que no sabemos el nombre, podremos demandar al dueño, si este no informó a la Junta de co-prop., ni a la administracion?
Gracias
abogado comentó:
Pía:
La deuda por gastos comunes sigue a la unidad, por lo tanto, corresponde demandar al actual propietario, cuyos datos pueden obtener en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Saludos Cordiales.
Veronica Álvarez comentó:
Estimado consulta.. Compre una propiedad en el cual la adquirimos atravez de un corredor de propiedades.. Pero ahora que nos llego la escritura desde la administración nos dicen que hay un deuda de 2 años de g. C… Quien debe pagarlos?
abogado comentó:
Verónica:
La obligación de pagar gastos comunes sigue al dominio de la unidad, por lo tanto, el actual propietario está obligado a hacerse cargo de los gastos comunes devengados con anterioridad a la fecha de la adquisición de la propiedad.
Saludos Cordiales.
ALEJANDRA comentó:
Estimado:
Quisiera SAber el monto para ejecutar cobranza de gastos comunes a propietarios morosos. Soy Administradora.
Atenta