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¿ Cuándo una sentencia se encuentra ejecutoriada?

Una sentencia se encuentra ejecutoriada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, en los siguientes casos:

1. Cuando no proceden recursos en su contra, se encuentra ejecutoriada desde el momento en que se notifica a las partes del juicio;

2. Tratándose de sentencias definitivas, cuando resultando procedentes recursos en su contra, y habiendo transcurrido el plazo legal para interponerlos, sin que las partes los hayan deducido, se ha certificado por el Secretario del Tribunal, tal circunstancia, es decir, en este caso, se encuentra ejecutoriada la sentencia, desde la fecha del certificado de ejecutoria.

3. Cuando resultando procedentes recursos en su contra, los partes habiéndolos interpuesto dentro de plazo, su tramitación se ha terminado, y se ha dictado el decreto que las manda a cumplir (“cúmplase”).

  • Mariana Elizabeth comentó:

    Nuestro abogado dejó pasar el amparo desde un inicio del juicio todo muy complicado no nos mantiene informados, ahora la parte actora solicita certificado de la sentencia ejecutoriada, que puedo hacer el abogado no me informa.

    • abogado comentó:

      Estimada Mariana:
      Junto con saludar, agradecería remitir los datos de la causa a la que se refiere al siguiente correo electrónico: consultas@ortuzarlegal.cl
      Saludos Cordiales.

  • Carla herrera comentó:

    Hola , en una causa que esta en estado de impugnacion , y la sentencia fue favorable al demandante y ya esta notificada la sentencia , cual sería el próximo paso a seguir ??? Gracias por su tiempo .

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