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Prescripción de deuda contenida en pagaré

Las acciones de cobro de obligaciones emanadas de un pagaré, prescriben en el plazo de un año, contado desde la fecha de su vencimiento, según lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 18.092, Sobre Letras de Cambio y Pagaré, el cual establece que: “El plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento”.

            Dicha prescripción, puede alegarse como acción, mediante la presentación de una demanda de prescripción por parte del deudor ante  el juzgado civil competente, o como excepción, oponiéndose a la demanda ejecutiva presentada por el acreedor.

            Si la obligación contenida en el pagaré tuviere vencimientos sucesivos, entonces, la prescripción correrá independiente para cada una de las cuotas, contándose el plazo de prescripción de cada una de ellas, desde la fecha de su respectivo vencimiento.

  • Katherinn comentó:

    Hola consulta firme pagaré en una clínica por urgencia de un familiar, me acabo de enterar que no quiere pagar esa deuda que se generó en la clínica, si la persona no paga la clínica me demandará a mí cómo yo firme el pagaré??

  • Felipe comentó:

    Abogado, gracias por su blog. Mi consulta es la siguiente: el exhorto de un juicio ejecutivo renueva la validez del pagaré?
    Ejemplo: pagaré octubre 2018, exhorto julio 2021.

    Gracias!

    • abogado comentó:

      Felipe:
      Solamente se interrumpe la prescripción de las acciones de cobro emanadas del pagaré mediante la notificación de la demanda ejecutiva.
      Saludos Cordiales.

  • Ignacio Torres comentó:

    Me busque en el PJUD y aparecen muchas causas “E- numeros” en tribunales civiles, pero cuando trato de ver de que se trata me aparece la frase “causa Reservada” ¿A que se refiere esa reserva? Pensé que era solo para causas penales y de familia. ¿Cómo puedo saber de que se tratan esas causas?

    • abogado comentó:

      Ignacio Torres:
      Junto con saludar, le informo que para acceder a esas causas debe ingresar a la Oficina Judicial Virtual de la página del Poder Judicial, con su RUT y clave única. Si en su Oficina Virtual no las puede visualizar, se debe a que las causas todavía no le han sido notificadas.
      Saludos Cordiales

  • GRACIELA comentó:

    TENGO UNA DEUDA CON EL BANCO CHILE POR PAGARE DE 48 CUOTAS VENCIMIENTOS DEL 05-02/2018 AL 05/02/2022, PUDE PAGAR HASTA LA CUOTA N°7. EL BCO ME DEMANDO EN EL 15°JUZGADO EL 15/01/2019 NO PUDIENDO SER NOTIFICADA, BCO RETIRA DEMANDA. CON FECHA 24/10/2019 NUEVAMENTE EL BCO ME DEMANDA EN EL 24° JUZGADO, FUI NOTIFICADA CON 3 AVISOS EN EL DIARIO. YO NO ME HE PRESENTADO Y LA CAUSA AUN ESTA VIGENTE.
    ¿puedo solicitar la prescripción?
    ¿es correcto que se demande 2 veces con un mismo pagare?
    desde ya agradezco

  • Rolando comentó:

    He leído que la deuda de un pagaré no prescribe, sin embargo transcurrido un año de su fecha de vencimiento, concluye el plazo para poder cobrarlo. Entonces, en términos prácticos, después de ese año de plazo, significa que el deudor queda eximido de pago? acaso no es una prescripción como tal con diferente semántica? O sea el año trascurrido anula cualquier cobranza y pago del deudor?

    • abogado comentó:

      Rolando:
      La prescripción no opera de pleno derecho, por lo tanto, el deudor que pretende beneficiarse de ella, debe alegarla judicialmente.
      Saludos Cordiales

  • Marisol comentó:

    Hola buenos dias quiero saber si mi caso prescribe y que debo hacer?…tengo dos embargos del 2008 sobre un vehículo de mi propiedad por un pagaré de cada uno y no se de que biene esos pagarés porque no se quien son estas dos personas que demandaron….esto ya pudo haber prescrito o que debo hacer….gracias

  • Mario Becerra comentó:

    Buenas tardes, una consulta, una causa archivada, completamente cerrada, sin ningún trámite pendiente, se borra del portal del Poder Judicial?.
    Desde ya muchas gracias.

    • abogado comentó:

      Mario:
      No, la causa permanece en el portal.
      Saludos Cordiales.

  • Mario Becerra comentó:

    Buenas tardes, una consulta, fui notificado de una demanda ejecutiva cobro de pagaré de una tienda de retail. Al día siguiente, acudí a la oficina del abogado, ya que fui citado a un acuerdo de pago. Ya solucioné la situación, un acuerdo de pago en cuotas. Mi consulta: Al pagar la última cuota, la deuda termina; la causa se archiva?. Quedaría sólo en el hecho que fui notificado?. Queda luego algún registro en alguna parte que me pudiere perjudicar en algo? Que pasa luego de pagar todo?. La verdad nunca estuve involucrado en algo así.

    • abogado comentó:

      Estimado Mario:
      Se debería dar cuenta al Tribunal del acuerdo de pago, para que se ponga término a la causa y se orden su archivo.
      Saludos Cordiales.

  • Liliana González comentó:

    Buenas noches Lic.
    Una pregunta hace un años firme un pagare me prestaron $10,000 pero nunca recogí el dinero yo se lo entregaron a mi suegra y no pago ella y ahora me vienen a cobrar ese dinero que no me gasté y me dicen que me van a embargar se puede eso?
    Me están cobrando moratorios que la deuda creció a $84,000 ese es el monto que me cobran en total

    • abogado comentó:

      Liliana:
      Para embargar, primero tienen que demandar en tribunales y notificarle la demanda.
      Saludos Cordiales.

  • Elizabeth Gonzalez comentó:

    Buenas tarde abogado, mi esposo por motivos de salud no pudo seguir trabajando y trato de negociar una deuda con el Banco, hace unos meses atrás vimos en la pagina de Juzgado que apareció una causa y la emisión de un pagaré, su ultimo pago lo realizó en Diciembre del 2019, tengo entendido que los pagarés vencen en un año, después de éso, aún pueden notificarnos y embargar nuestros bienes?, cuando esa deuda quedará prescrita.
    Desde ya muchas gracias

  • Marcelo Tobar Muñoz comentó:

    Se me olvido señalar que me demandaron el pagare esta por un monto de 10.990.000 , el notificaron de ambrago a la casa de mis padre , Los cuales tubieron que hacer una terceria , a la fecha esa causa esta como concluida , podere solicitar la prescripcion de la deuda ante un tribinal….? gracias

  • Paulina comentó:

    Buenas tardes el 2003 dejé una carrera en duoc por motivos económicos ,quede debiendo un mes de mensualidad . Ahora me están llamando de recsa para cobrar dicha deuda . Antes pasado más de 10 años . Esa deuda n no preescribe ?

    • abogado comentó:

      Paulina:
      Si han transcurrido más de 10 años desde que se hizo exigible la obligación, entonces todas las acciones emanadas de la misma ya estarían prescritas.
      Saludos Cordiales.

  • Paula sandoval comentó:

    Hola me llego un pagare de cencosud queria saber que pasaría si yo no puedo pagar la deuda? ¿Podrían embargar mis cosas?

    • abogado comentó:

      Paula:
      Para que el acreedor pueda solicitar el embargo de sus bienes, debe antes presentar una demanda ante el tribunal competente, y esa demanda debe serle notificada en su domicilio.
      Saludos Cordiales.

  • Paola comentó:

    Me faltó agregar que la fecha de la notificación fue el 21 de agosto de 2015

  • Paola comentó:

    Hola abogado, gracias por el espacio, tengo la siguiente duda: si tengo una deuda en un pagaré cuya fecha de vencimiento era el 5 de enero de 2015 y fui demandada y válidamente notificada, pero a la hora del embargo solicitaron inhibir el domicilio de la notificación por qué viven terceras personas en el domicilio, después la causa se archivo el 27 de diciembre de 2016 porque no pudieron notificarme el embargo.
    En este caso debo solicitar abandono de procedimiento? Para poder pedir posteriormente la prescripción de la deuda?. Para que se eliminé la interrupción del plazo y me cuente desde enero de 2015?

    Y en el caso en que una demanda de cobro de pagaré más antigua, del 2012 que fue notificada y luego archivada, puedo presentar una nueva demanda solicitando prescripción o debo primero solicitar abandono en la causa archivada?
    Muchas gracias, saludos

  • Pedro comentó:

    Buenas Tardes,

    Tengo la siguiente situación, adeudo un pagaré por un valor aproximado de 300 mil pesos a una institución de educación, la fecha de vencimiento de dicho documento es el 20 de noviembre de 2016, me llamaron un par de veces hace unos 6 meses a través de una empresa externa de cobranza, 1.- ¿Es posible solicitar la prescripción en mi situación? ya que según leo en comentarios anteriores estos documentos prescriben a contar de un año desde el vencimiento (20 de noviembre de 2016). Y 2.- En caso de poder demandar prescripción del pagaré ¿lo hago contra la institución de educación o contra la empresa de cobranza externa ?

    Desde ya agradezco su respuesta.

    • abogado comentó:

      Pedro:
      Dado que el pagaré indicado habría vencido hace más de un año atrás, es que estaría en condiciones de solicitar judicialmente la prescripción extintiva de las acciones emanadas del pagaré, en contra de la Institución Bancaria.
      Saludos Cordiales.

  • Alvaro comentó:

    Buen día
    Estoy demandado por un banco, por un pagaré firmado en “60 cuotas iguales y sucesivas”. La fecha de la séptima cuota impaga que origina el cobro es el 18/12/2018 y el ingreso de la demanda el 17/04/2019. El día 02/04/2020 retiraron la demanda e ingresaron una nueva demanda vía exhorto. Hasta hoy no me han notificado. Cuál es el plazo de cobro del pagaré? Pueden orientarme en los siguientes pasos? Les agradezco de antemano!

    • abogado comentó:

      Alvaro:
      El plazo para cobrar judicialmente un pagaré es de 1 años desde la fecha de vencimiento del mismo documento. Conforme a lo que expone, por lo menos, la cuota de fecha 18/12/2018, ya estaría prescrita. Por lo tanto, una vez que lo notifiquen de la demanda, podría defenderse oponiendo la respectiva excepción de prescripción.
      Saludos Cordiales.

  • Paola comentó:

    Buenas Tardes.

    Mi consulta es la siguiente; tengo una deuda con una caja de compensación X por un crédito que solicite (35 cuotas). La fecha es del 28-02-2015 y la última cuota es 31-12-2027. ¿ La deuda estaría prescrita?, porque revisé en destácame y figura aún y tengo dudas respecto al proceso.

    Saludos y desde ya muchas gracias.

    • abogado comentó:

      Paola:
      De lo que expone estarían prescritas algunas cuotas del crédito.
      Saludos Cordiales.

  • Juanita comentó:

    Hola, el año 2018 saque un credito en coopeuch, el cual despues no pude seguir pagando.
    El año pasado me llego por correo demanda judicial, lo cual el tribunal elimino la causa (la busco y no aparece) se archivo.
    Ahora me llaman de cobranza y me piden que abone 450.00 pesos y puedo pagar cuotas de 50.000 pesos quedando mi deuda estancada o sea me condonan los intereses y con este nuevo pacto puedo salir de dicom, es factible hacer estas negociaciones?
    Vale comentar que me dieron plazo de pagar hasta el viernes 29 de febrero.
    Tengo la duda si me conviene realmente esto.
    Muchas gracias!

    • abogado comentó:

      Juanita:
      Las partes (acreedor y deudor) pueden llegar a los acuerdos que estimen conveniente en relación con la deuda, aunque con las repactaciones el monto adeudado sube bastante.
      Saludos Cordiales.

  • Sergio. comentó:

    Buenas noches.

    Mi consulta es la siguiente.

    Hace años atras firme un pagare con una Universidad X, y por motivos personales me retire y no pude seguir pagando, a la fecha este 31 de enero de 2020, se cumplen 5 años desde la ultima vez que pague.
    Durante el tiempo que no pague me llegaron 3 correos sobre la deuda y que había pasado a una empresa de cobranza y el ultimo correo que recibe fue el 30 de agosto de 2019

    Mi consulta se enfoca a que pasa con esta deuda, debo realizar el tramite de prescripción ya que han pasado 5 años de cuando deje de pagar.

    saludos muchas gracias.

    • abogado comentó:

      Estimado:
      Si han pasado 5 años desde que la deuda se hizo exigible, entonces efectivamente, podría solicitar la prescripción extintiva.
      Saludos Cordiales.

  • Rodrigo Tobar comentó:

    Hola , tengo una deuda por un pagare. eran cuotas. y en informe es del 2015.
    Se puede alegar la prescripción ?

    • abogado comentó:

      Rodrigo:
      Si ha transcurrido más de un año contado desde el vencimiento del pagaré, entonces podría alegar la prescripción de las acciones emanadas del pagaré.
      Saludos Cordiales.

  • Jennifer comentó:

    Hola hace unos años acompañe a una persona de urgencias en clinica santa maria. ellos me solicitaron firmar el ingreso de este ya que no estaba en condiciones de firmar nada. al tiempo me informan que debo la cuenta de dicho hospital por 2 millones los cuales no tengo y siento que no debo pagar. Me sentí totalmente estafada ya que no firme lo que me mostraron.
    es posible hacer algo para eliminar la deuda. la persona que fue hospitalizada jamas nunca la vi.
    gracias,

    • abogado comentó:

      Estimada:
      ¿ Se quedó con copia de la documentación que firmó?.
      Saludos Cordiales.

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