¿Quiénes son los Conservadores de Bienes Raíces?
Son auxiliares de administración de justicia y se encuentran definidos en el artículo 446 del Código Orgánico de Tribunales, como ministros de fe encargados de los registros conservatorios de bienes raíces, de comercio, de minas, de accionistas de sociedades propiamente mineras, de asociaciones de canalistas, de prenda agraria, de prenda industrial, de especial de prenda y demás que les encomienden las leyes.
¿Cuáles son las funciones que ejercen los Conservadores de Bienes Raíces?
La principal función de los Conservadores de Bienes Raíces es inscribir los títulos en los registros de propiedad, de hipotecas y gravámenes y de interdicciones y prohibiciones de enajenar, así como las anotaciones marginales, dentro del plazo máximo de veinte días desde la presentación de los requerimientos.
¿En qué lugar ejercen sus funciones?
En cada comuna o agrupación de comunas que constituya el territorio jurisdiccional de juzgado de letras.
¿Cuántos Conservadores de Bienes Raíces hay dentro de la Región Metropolitana?
En la Región Metropolitana hay ocho Conservadores de Bienes Raíces y corresponden a los siguientes:
1. Conservador de Bienes Raíces de Santiago;
2. Conservador de Bienes Raíces de San Miguel;
3. Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto;
4. Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo;
5. Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor;
6. Conservador de Bienes Raíces de Talagante;
7. Conservador de Bienes Raíces de Melipilla;
8. Conservador de Bienes Raíces de Buin.