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Grabado de placas patentes en vehículos motorizados.

¿Es obligatorio grabar las placas patentes en los vidrios de los vehículos?

Sí, a partir del mes de mayo del año 2025 la Ley N°21.601 establece la obligación de grabar de forma permanente la placa patente en los vidrios y espejos laterales de los vehículos motorizados comercializados de forma previa al 11 de septiembre del año 2023 . Las características del grabado de las letras y dígitos de la placa patente se encuentran indicadas en el Reglamento N°13, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de fecha 7 de marzo del año 2024.

¿Constituye una infracción de tránsito no grabar la placa patente en los vidrios de los vehículos motorizados?

Sí, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley de Tránsito, constituye una infracción grave conducir un vehículo que no cuente con la placa patente grabada de forma permanente en los vidrios y espejos laterales, cuando esto sea exigible conforme a esta ley y sus reglamentos, y su infracción se sanciona con multa de 1 a 1,5 UTM.

¿Desde cuándo será exigible la obligación de grabar las patentes respecto de los vehículos nuevos?

Desde el cuarto mes de publicado el Reglamento que establece las características del grabado, el cual fue publicado el 14 de mayo del año 2024.

 

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