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Prescripción de deuda de permisos de circulación

¿Qué es el permiso de circulación?

El permiso de circulación es un impuesto municipal, y como tal, le resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 2.521 del Código Civil, que expresa, lo siguiente: “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. 

En virtud de lo anterior, las acciones destinadas al cobro del permiso de circulación prescriben en el plazo de 3 años, contados desde que el impuesto se hizo exigible, es decir, a partir del 31 de marzo de cada año calendario.

¿Qué es la prescripción?

De acuerdo a lo establecido en el artículo 2492 del Código Civil, la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales.

Es de caso agregar que, para hacer efectiva la prescripción o para beneficiarse de ella es necesario alegarla judicialmente.

¿Qué tiene que hacer el propietario del vehículo para solicitar la prescripción de las acciones de cobro de los permisos de circulación que tienen más de 3 años de atraso?

El propietario del vehículo que adeude más de 3 años por concepto de permisos de circulación puede solicitar ante el Juzgado de Letras en lo Civil del lugar en el cual se encuentra la Municipalidad en la cual se pagó el último permiso de circulación, la prescripción de las acciones de cobro, acompañando, para tales efectos, copia del certificado de deuda de permisos de circulación y el certificado de anotaciones del vehículo.

¿Para demandar la prescripción de la deuda por concepto de permisos de circulación necesito abogado?

Sí, se requiere contar con el patrocinio de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión para poder presentar la demanda de prescripción extintiva de la deuda de permisos de circulación.

¿Qué documentos se requieren para solicitar judicialmente la declaración de prescripción de las acciones emanadas de los permisos de circulación atrasados?

Los documentos necesarios para iniciar el juicio de prescripción de los permisos de circulación, tal como ya se adelantó, son los siguientes:

1. Certificado de Inscripción del vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados o el Certificado de Anotaciones del vehículo;

2.  Certificado de Deuda emitido por el Departamento de Permisos de Circulación de la Municipalidad respectiva (en la cual se pagó el último permiso de circulación);

3. Copia del último permiso de circulación pagado, si es que lo tiene.

Luego que el Tribunal declara prescritos los permisos de circulación que tienen más de 3 años de atraso, se puede ir a regularizar la deuda ante la Municipalidad, pagando solamente los tres últimos permisos.

  • Ramón comentó:

    Muy interesante la publicación, muchas gracias por compartirla.Enviaré un correo a la cuenta indicada por una consulta específica al respecto.

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